Obtención de la Nacionalidad Española por residencia legal en Espana
(Se aplica a extranjeros que viven legalmente en España. No es la aplicación de Ley de Memoria Democrática)
1.- Debes tener una tarjeta de residencia en vigor en España.
2.- Debes esperar un tiempo viviendo en España con la tarjeta de residencia:
- UN AÑO si naciste en España.
- UN AÑO si eres cónyuge de un español o española y no estuvieras separado.
- UN AÑO si eres viudo o viuda de un español o española.
- UN AÑO si alguno de tus padres o abuelos hubiera sido originariamente español, lo que significa, fundamentalmente, que cuando nacieron tenían la condición de españoles con independencia de si nacieron fuera de España.
- DOS AÑOS cuando se trate de una persona nacional de un país iberoamericano.
3.- Verificar las estancias fuera de España. Si has estado viajando mucho fuera de España, hay que revisar bien en tu pasaporte el tiempo acumulado de todas las salidas.
4.- Acreditar tu integración a la vida en sociedad en España. Por lo general hay que pasar un examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España y, si no eres castellanohablante, un examen de idioma español.
5.- Tener buena conducta cívica. Lo que significa que no debes tener antecedentes penales ni en España ni en los países donde hayas vivido los últimos cinco años, y, aun cuando no tengas antecedentes penales, debes haber mantenido una buena conducta social en España.
6.- Preparar una serie de documentos obligatorios para la solicitud. Estos documentos si son extranjeros, deben estar vigentes, legalizados o apostillados, y traducidos si están en una lengua diferente al castellano.
Para más información sobre el proceso de nacionalidad española por residencia puedes ponerte en contacto con nuestra oficina, llamando al teléfono (+34) 93 215 33 04 o por correo electrónico: [email protected]
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