El gobierno de Madrid otorga cada año una ayuda económica de 200 euros  para aquellas personas que puedan demostrar una necesidad real.

¡Abierto plazo de solicitud de ayuda para residentes españoles en Cuba correspondiente a este año 2018!

Si desea descargar esta información y obtener directamente la planilla de solicitud de ayuda, pincha aquí

¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Todas las personas con ciudadanía española que se hayan dado de alta en el Registro Consular,

Requisitos para recibir la ayuda

  • Ser menor de 18 o mayor de 65 años
  • Carecer de medios de subsistencia
  • Discapacitados de cualquier edad.

¡En un núcleo familiar, solo puede solicitarla una persona?

Incompatibilidad de la ayuda

Toda persona que pueda estar recibiendo otro tipo de aporte del gobierno español como ayudas del Consulado General, Pensiones del Ministerio de Trabajo Español, Ayudas de las Comunidades Autónomas Españolas, Ayuntamientos.

La planilla y la guía informativa se pueden obtener

Adicionalmente

Podrán obtener la planilla los familiares que residen en Estados Unidos , directamente  en el sitio web de la Embajada de España en La Habana. Dicha planilla deberá ser enviada al Consulado General de España en La Habana antes del 31 de marzo y por correo certificado  a la siguiente dirección:

CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LA HABANA.
Sección de ayudas. Solicitud 2018.
Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel,
HABANA VIEJA, CP 10100, Ciudad de la Habana

Datos importante que no pueden faltar en la planilla

Sección de Ayudas. Solicitud 2018. Calle Zulueta nº 2 Esquina Cárcel. Habana 1 CP10100-La Habana.

Plazo final de entrega de la solicitud

El 31 de marzo de 2018 es el plazo final de entrega de la solicitud.

Si envía la solicitud por correo certificado, se atenderán aquellas solicitudes enviadas antes del 31 de marzo de 2018 y recibidas en el Consulado General con anterioridad al 15 de mayo de 2018.

Documentación a presentar

  • Cuestionario complementario correctamente cumplimentado y firmado.
  • Dos ejemplares de la solicitud de ayuda de subsistencia correctamente cumplimentados y firmados.
  • Dos ejemplares de la declaración de ingresos debidamente rellenados y firmados.
  • Fotocopia del carné de identidad cubano.
  • Fotocopia de la libreta de abastecimiento (página Relación de Consumidores).
  • Chequera/talonario de la pensión o asistencia social del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar que perciban alguna clase de pensión.
  • Certificado del centro de trabajo del salario anual percibido por cada miembro de la unidad familiar.
  • Si reciben ayuda de sus hijos u otros familiares: declaración firmada por el familiar indicando el importe recibido anualmente y fotocopia de su Carné de Identidad.
  • En los casos de personas menores de 65 años que estén incapacitados para el trabajo deben aportar fotocopia por ambas caras del modelo de “Solicitud de Peritaje Médico para expediente de Seguridad Social” expedido por Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El mismo debe acreditar el tipo de incapacidad que padece y el grado de la misma.

Si desea descargar esta información y obtener directamente la planilla de solicitud de ayuda, pincha aquí[:en]El gobierno de Madrid otorga cada año una ayuda económica de 200 euros  para aquellas personas que puedan demostrar una necesidad real.

¡Abierto plazo de solicitud de ayuda para residentes españoles en Cuba correspondiente a este año 2018!

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¿Quiénes pueden solicitar la ayuda?

Todas las personas con ciudadanía española que se hayan dado de alta en el Registro Consular,

Requisitos para recibir la ayuda

  • Ser menor de 18 o mayor de 65 años
  • Carecer de medios de subsistencia
  • Discapacitados de cualquier edad.

¡En un núcleo familiar, solo puede solicitarla una persona?

Incompatibilidad de la ayuda

Toda persona que pueda estar recibiendo otro tipo de aporte del gobierno español como ayudas del Consulado General, Pensiones del Ministerio de Trabajo Español, Ayudas de las Comunidades Autónomas Españolas, Ayuntamientos.

La planilla y la guía informativa se pueden obtener

Adicionalmente

Podrán obtener la planilla los familiares que residen en Estados Unidos , directamente  en el sitio web de la Embajada de España en La Habana. Dicha planilla deberá ser enviada al Consulado General de España en La Habana antes del 31 de marzo y por correo certificado  a la siguiente dirección:

CONSULADO GENERAL DE ESPAÑA EN LA HABANA.
Sección de ayudas. Solicitud 2018.
Calle Zulueta no 2 esquina Cárcel,
HABANA VIEJA, CP 10100, Ciudad de la Habana

Datos importante que no pueden faltar en la planilla

Sección de Ayudas. Solicitud 2018. Calle Zulueta nº 2 Esquina Cárcel. Habana 1 CP10100-La Habana.

Plazo final de entrega de la solicitud

El 31 de marzo de 2018 es el plazo final de entrega de la solicitud.

Si envía la solicitud por correo certificado, se atenderán aquellas solicitudes enviadas antes del 31 de marzo de 2018 y recibidas en el Consulado General con anterioridad al 15 de mayo de 2018.

Documentación a presentar

  • Cuestionario complementario correctamente cumplimentado y firmado.
  • Dos ejemplares de la solicitud de ayuda de subsistencia correctamente cumplimentados y firmados.
  • Dos ejemplares de la declaración de ingresos debidamente rellenados y firmados.
  • Fotocopia del carné de identidad cubano.
  • Fotocopia de la libreta de abastecimiento (página Relación de Consumidores).
  • Chequera/talonario de la pensión o asistencia social del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de todos los miembros de la unidad familiar que perciban alguna clase de pensión.
  • Certificado del centro de trabajo del salario anual percibido por cada miembro de la unidad familiar.
  • Si reciben ayuda de sus hijos u otros familiares: declaración firmada por el familiar indicando el importe recibido anualmente y fotocopia de su Carné de Identidad.
  • En los casos de personas menores de 65 años que estén incapacitados para el trabajo deben aportar fotocopia por ambas caras del modelo de “Solicitud de Peritaje Médico para expediente de Seguridad Social” expedido por Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. El mismo debe acreditar el tipo de incapacidad que padece y el grado de la misma.

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